Necesidad
de la acción social católica
236. Ahora
bien, los principios generales de una doctrina social se llevan
a la práctica comúnmente mediante tres
fases: primera, examen completo del verdadero estado de la situación;
segunda, valoración exacta de esta situación a
la luz de los principios, y tercera, determinación de
lo posible o de lo obligatorio para aplicar los principios de
acuerdo con las circunstancias de tiempo y lugar. Son tres fases
de un mismo proceso que suelen expresarse con estos tres verbos:
ver, juzgar y obrar.
237. De aquí se sigue la suma conveniencia de que los
jóvenes no sólo reflexionen sobre este orden de
actividades, sino que, además, en lo posible, lo practiquen
en la realidad. Así evitarán creer que los conocimientos
aprendidos deben ser objeto exclusivo de contemplación,
sin desarrollo simultáneo en la práctica.
238. Puede,
sin embargo, ocurrir a veces que, cuando se trata de aplicar
los principios, surjan
divergencias
aun entre católicos
de sincera intención. Cuando esto suceda, procuren todos
observar y testimoniar la mutua estima y el respeto recíproco,
y al mismo tiempo examinen los puntos de coincidencia a que pueden
llegar todos, a fin de realizar oportunamente lo que las necesidades
pidan. Deben tener, además, sumo cuidado en no derrochar
sus energías en discusiones interminables, y, so pretexto
de lo mejor, no se descuiden de realizar el bien que les es posible
y, por tanto, obligatorio.
239. Pero
los católicos, en el ejercicio de sus actividades
económicas o sociales, entablen a veces relaciones con
hombres que tienen de la vida una concepción distinta.
En tales ocasiones, procuren los católicos ante todo ser
siempre consecuentes consigo mismos y no aceptar compromisos
que puedan dañar a la integridad de la religión
o de la moral. Deben, sin embargo, al mismo tiempo, mostrarse
animados de espíritu de comprensión para las opiniones
ajenas, plenamente desinteresados y dispuestos a colaborar lealmente
en la realización de aquellas obras que sean por su naturaleza
buenas o, al menos, puedan conducir al bien. Mas si en alguna
ocasión la jerarquía eclesiástica dispone
o decreta algo en esta materia, es evidente que los católicos
tienen la obligación de obedecer inmediatamente estas órdenes.
A la Iglesia corresponde, en efecto, el derecho y el deber de
tutelar la integridad de los principios de orden ético
y religioso y, además, el dar a conocer, en virtud de
su autoridad, públicamente su criterio, cuando se trata
de aplicar en la práctica estos principios.