La
remuneración
del trabajo
Situación
actual
68. Una profunda
amargura embarga nuestro espíritu ante
el espectáculo inmensamente doloroso de innumerables trabajadores
de muchas naciones y de continentes enteros a los que se remunera
con salario tan bajo, que quedan sometidos ellos y sus familias
a condiciones de vida totalmente infrahumana. Hay que atribuir
esta lamentable situación al hecho de que, en aquellas naciones
y en aquellos continentes, el proceso de la industrialización
está en sus comienzos o se halla todavía en fase
no suficientemente desarrollada.
69. En algunas
de estas naciones, sin embargo, frente a la extrema pobreza de
la mayoría, la abundancia y el lujo desenfrenado
de unos pocos contrastan de manera abierta e insolente con la situación
de los necesitados; en otras se grava a la actual generación
con cargas excesivas para aumentar la productividad de la economía
nacional, de acuerdo con ritmos acelerados que sobrepasan por entero
los límites que la justicia y la equidad imponen; finalmente,
en otras naciones un elevado tanto por ciento de la renta nacional
se gasta en robustecer más de lo justo el prestigio nacional
o se destinan presupuestos enormes a la carrera de armamentos.
70. Hay que
añadir a esto que en las naciones económicas
más desarrolladas no raras veces se observa el contraste
de que mientras se fijan retribuciones altas, e incluso altísimas,
por prestaciones de poca importancia o de valor discutible, al
trabajo, en cambio, asiduo y provechoso de categorías enteras
de ciudadanos honrados y diligentes se le retribuye con salarios
demasiado bajos, insuficientes para las necesidades de la vida,
o, en todo caso, inferiores a lo que la justicia exige, si se tienen
en la debida cuenta su contribución al bien de la comunidad,
a las ganancias de la empresa en que trabajan y a la renta total
del país.
71. En esta
materia, juzgamos deber nuestro advertir una vez más
que, así como no es lícito abandonar completamente
la determinación del salario a la libre competencia del
mercado, así tampoco es lícito que su fijación
quede al arbitrio de los poderosos, sino que en esta materia deben
guardarse a toda costa las normas de la justicia y de la equidad.
Esto exige que los trabajadores cobren un salario cuyo importe les permita
mantener un nivel de vida verdaderamente humano y hacer frente con dignidad
a sus obligaciones familiares. Pero es necesario, además, que al determinar
la remuneración justa del trabajo se tengan en cuenta los siguientes
puntos: primero, la efectiva aportación de cada trabajador a la producción
económica; segundo, la situación financiera de la empresa en
que se trabaja; tercero, las exigencias del bien común de la respectiva
comunidad política, principalmente en orden a obtener el máximo
empleo de la mano de obra en toda la nación; y, por último,
las exigencias del bien común universal, o sea de las comunidades
internacionales, diferentes entre sí en cuanto a su extensión
y a los recursos naturales de que disponen.
72. Es evidente
que los criterios expuestos tienen un valor permanente y universal;
pero su grado
de aplicación a las situaciones
concretas no puede determinarse si no se atiende como es debido
a la riqueza disponible; riqueza que, en cantidad y calidad, puede
variar, y de hecho varía, de nación a nación
y, dentro de una misma nación, de un tiempo a otro.
Necesidad de adaptación entre el desarrollo económico y el progreso
social
73. Dado que en nuestra época las economías nacionales evolucionan
rápidamente, y con ritmo aún más acentuado después
de la segunda guerra mundial, consideramos oportuno llamar la atención
de todos sobre un precepto gravísimo de la justicia social, a saber:
que el desarrollo económico y el progreso social deben ir juntos y acomodarse
mutuamente, de forma que todas las categorías sociales tengan participación
adecuada en el aumento de la riqueza de la nación.
En orden a lo cual hay que vigilar y procurar, por todos los medios posibles,
que las discrepancias que existen entre las clases sociales por la desigualdad
de la riqueza no aumenten, sino que, por el contrario, se atenúen
lo más posible.
74. «La economía nacional —como justamente
enseña nuestro predecesor, de feliz memoria Pío XII—,
de la misma manera que es fruto de la actividad de los hombres
que trabajan unidos en la comunidad del Estado, así también
no tiene otro fin que el de asegurar, sin interrupción,
las condiciones externas que permitan a cada ciudadano desarrollar
plenamente su vida individual. Donde esto se consiga de modo estable,
se dirá con verdad que el pueblo es económicamente
rico, porque el bienestar general y, por consiguiente, el derecho
personal de todos al uso de los bienes terrenos se ajusta por completo
a las normas establecidas por Dios Creador» (cf. Acta Apostolicae
Sedis 33 (1941) p. 200).
De aquí se sigue que la prosperidad económica de un pueblo consiste,
más que en el número total de los bienes disponibles, en la justa
distribución de los mismos, de forma que quede garantizado el perfeccionamiento
de los ciudadanos, fin al cual se ordena por su propia naturaleza todo el sistema
de la economía nacional.
75 En este punto hay que hacer una advertencia: hoy en muchos Estados las estructuras
económicas nacionales permiten realizar no pocas veces a las empresas
de grandes o medianas proporciones rápidos e ingentes aumentos productivos,
a través del autofinanciamiento, que renueva y completa su equipo
industrial. Cuando esto ocurra, juzgamos puede establecerse que las empresas
reconozcan por la misma razón, a sus trabajadores un título
de crédito, especialmente si les pagan una remuneración que
no exceda la cifra del salario mínimo vital.
76 En tales
casos conviene recordar el principio propuesto por nuestro predecesor,
de feliz
memoria, Pío XI en la encíclica
Quadragesimo anno: «Es completamente falso atribuir sólo
al capital, o sólo al trabajo, lo que es resultado conjunto
de la eficaz cooperación de ambos; y es totalmente injusto
que el capital o el trabajo, negando todo derecho a la otra parte,
se apropie la totalidad del beneficio económico».
77. Este deber
de justicia puede cumplirse de diversas maneras, como la experiencia
demuestra.
Una de ellas, y de las
más
deseables en la actualidad, consiste en hacer que los trabajadores,
en la forma y el grado que parezcan más oportunos, puedan
llegar a participar poco a poco en la propiedad de la empresa donde
trabajan, puesto que hoy, más aún, que en los tiempos
de nuestro predecesor, «con todo el empeño posible
se ha de procurar que, al manos para el futuro, se modere equitativamente
la acumulación de las riquezas en manos de los ricos, y
se repartan también con la suficiente profusión entre
los trabajadores» (Ibíd., p.198).
Exigencias del bien común nacional e internacional
78. Pero hay que advertir, además, que la proporción entre la
retribución del trabajo y los beneficios de la empresa debe fijarse
de acuerdo con las exigencias del bien común, tanto de la propia comunidad
política como de la entera familia humana.
79. Por lo
que concierne al primer aspecto, han de considerarse como exigencias
del bien
común nacional: facilitar trabajo
al mayor número posible de obreros; evitar que se constituyan,
dentro de la nación e incluso entre los propios trabajadores,
categorías sociales privilegiadas; mantener una adecuada
proporción entre salario y precios; hacer accesibles al
mayor número de ciudadanos los bienes materiales y los beneficios
de la cultura; suprimir o limitar al menos las desigualdades entre
los distintos sectores de la economía —agricultura,
industria y servicios—; equilibrar adecuadamente el incremento
económico con el aumento de los servicios generales necesarios,
principalmente por obra de la autoridad pública; ajustar,
dentro de lo posible, las estructuras de la producción a
los progresos de las ciencias y de la técnica; lograr, en
fin, que el mejoramiento en el nivel de vida no sólo sirva
a la generación presente, sino que prepare también
un mejor porvenir a las futuras generaciones.
80. Son, por
otra parte, exigencias del bien común internacional:
evitar toda forma de competencia desleal entre los diversos países
en materia de expansión económica; favorecer la concordia
y la colaboración amistosa y eficaz entre las distintas
economías nacionales, y, por último, cooperar eficazmente
al desarrollo económico de las comunidades políticas
más pobres.
81. Estas exigencias
del bien común, tanto en el plano
nacional como en el mundial, han de tenerse en cuanta también
cuando se trata de determinar la parte de beneficios que corresponde
asignar, en forma de retribución, a los dirigentes de empresas,
y en forma de intereses o dividendos, a los que aportan el capital.