Biografía de Su Santidad Juan XXIII Volver al Inicio
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La socialización

Definición, naturaleza y causas


59. Una de las notas más características de nuestra época es el incremento de las relaciones sociales, o se la progresiva multiplicación de las relaciones de convivencia, con la formación consiguiente de muchas formas de vida y de actividad asociada, que han sido recogidas, la mayoría de las veces, por el derecho público o por el derecho privado.


Entre los numerosos factores que han contribuido actualmente a la existencia de este hecho deben enumerarse el progreso científico y técnico, el aumento de la productividad económica y el auge del nivel de vida del ciudadano.

60. Este progreso de la vida social es indicio y causa, al mismo tiempo, de la creciente intervención de los poderes públicos, aun en materias que, por pertenecer a la esfera más íntima de la persona humana, son de indudable importancia y no carecen de peligros.


Tales son, por ejemplo, el cuidado de la salud, la instrucción, y educación de las nuevas generaciones, la orientación profesional, los métodos para la reeducación y readaptación de los sujetos inhabilitados física o mentalmente.


Pero es también fruto y expresión de una tendencia natural, casi incoercible, de los hombres, que los lleva a asociarse espontáneamente para la consecución de los objetivos que cada cual se propone y superan la capacidad y los medios de que puede disponer el individuo aislado.


Esta tendencia ha suscitado por doquiera, sobre todo en los últimos años, una serie numerosa de grupos, de asociaciones y de instituciones para fines económicos, sociales, culturales, recreativos, deportivos, profesionales y políticos, tanto dentro de cada una de las naciones como en el plano mundial.


Valoración


61. Es indudable que este progreso de las realciones sociales acarrea numerosas ventajas y beneficios. En efecto, permite que se satisfagan mejor muchos derechos de la persona humana, sobre todo los llamados económico-sociales, los cuales atienden fundamentalmente a las exigencias de la vida humana: el cuidado de la salud, una instrucción básica más profunda y extensa, una formación profesional más completa, la vivienda, el trabajo, el descanso conveniente y una honesta recreación.


Además, gracias a los incesantes avances de los modernos medios de comunicación —prensa, cine, radio, televisión—, el hombre de hoy puede en todas partes, a pesar de las distancias, estar casi presente en cualquier acontecimiento.

62. Pero, simultáneamente con la multiplicación y el desarrollo casi diario de estas nuevas formas de asociación, sucede que, en muchos sectores de la actividad humana, se detallan cada vez más la regulación y la definición jurídicas de las diversas relaciones sociales.


Consiguientemente, queda reducido el radio de acción de la libertad individual. Se utilizan, en efecto, técnicas, se siguen métodos y se crean situaciones que hacen extremadamente difícil pensar por sí mismo, con independencia de los influjos externos, obrar por iniciativa propia, asumir convenientemente las responsabilidades personales y afirmar y consolidar con plenitud la riqueza espiritual humana.


¿ Habrá que deducir de esto que el continuo aumento de las realciones sociales hará necesariamente de los hombres meros autómatas sin libertad propia? He aquí una pregunta a la que hay que dar respuesta negativa.

63. El actual incremento de la vida social no es, en realidad, producto de un impulso ciego de la naturaleza, sino, como ya hemos dicho, obra del hombre, se libre, dinámico y naturalmente responsable de su acción, que está obligado, sin embargo, a reconocer y respetar las leyes del progreso de la civilización y del desarrollo económico, y no puede eludir del todo la presión del ambiente.

64. Por lo cual, el progreso de las relaciones sociales puede y, por lo mismo, debe verificarse de forma que proporcione a los ciudadanos el mayor número de ventajas y evite, o a lo menos aminore, los inconvenientes.

65. Para dar cima a esta tarea con mayor facilidad, se requiere, sin embargo, que los gobernantes profesen un sano concepto del bien común. Este concepto abarca todo un conjunto de condiciones sociales que permitan a los ciudadanos el desarrollo expedito y pleno de su propia perfección.


Juzgamos además necesario que los organismos o cuerpos y las múltiples asociaciones privadas, que integran principalmente este incremento de las relaciones sociales, sean en realidad autónomos y tiendan a sus fines específicos con relaciones de leal colaboración mutua y de subordinación a las exigencias del bien común.


Es igualmente necesario que dichos organismos tengan la forma externa y la sustancia interna de auténticas comunidades, lo cual sólo podrá lograrse cuando sus respectivos miembros sean considerados en ellos como personas y llamados a participar activamente en las tareas comunes.

66. En el progreso creciente que las relaciones sociales presentan en nuestros días, el recto orden del Estado se conseguirá con tanta mayor facilidad cuanto mayor sea el equilibrio que se observe entre estos dos elementos: de una parte, el poder de que están dotados así los ciudadanos como los grupos privados para regirse con autonomía, salvando la colaboración mutua de todos en las obras; y de otra parte, la acción del Estado que coordine y fomente a tiempo la iniciativa privada.

67. Si las relaciones sociales se mueven en el ámbito del orden moral y de acuerdo con los criterios señalados, no implicarán, por su propia naturaleza, peligros graves o excesivas cargas sobre los ciudadanos: todo lo contrario, contribuirán no sólo a fomentar en éstos la afirmación y el desarrollo de la personalidad humana, sino también a realizar satisfactoriamente aquella deseable trabazón de la convivencia entre los hombres, que, como advierte nuestro predecesor Pío XI, de grata memoria, en la encíclica Quadragesimo anno, es absolutamente necesaria para satisfacer los derechos y las obligaciones de la vida social.