Biografía de Su Santidad Juan XXIII Volver al Inicio
Volver al indice

El radiomensaje "La Solennità"

 

41. También ha contribuido no poco nuestro predecesor de inmortal memoria Pío XI a esta labor de definir los derechos y obligaciones de la vida social. El 1 de junio de 1941, en la fiesta de Pentecostés, dirigió un radiomensaje al orbe entero «para llamar la atención del mundo católico sobre un acontecimiento digno de ser esculpido con caracteres de oro en los fastos de la Iglesia; el quincuagésimo aniversario de la publicación de la trascendental encíclica "Rerum novarum", de León XIII» (cf Acta Apostolicae Sedis 33 (1941) p. 196); y para rendir humildes gracias a Dios omnipotente por el don que, hace cincuenta años, ofrendó a la Iglesia con aquella encíclica de su Vicario en la tierra, y para alabarle por el aliento del Espíritu renovador que por ella, desde entonces en manera siempre creciente, derramó sobre todo el género humano (Ibíd., p. 197).

42. En este radiomensaje, aquel gran Pontífice reivindica «para la Iglesia la indiscutible competencia de juzgar si las bases de un orden social existente están de acuerdo con el orden inmutable que Dios, Creador y Redentor, ha promulgado por medio del derecho natural y de la revelación» ((Ibíd., p. 196); confirma la vitalidad perenne y fecundidad inagotable de las enseñanzas de la encíclica de León XIII, y aprovecha la ocasión para explicar más profundamente las enseñanzas de la Iglesia católica «sobre tres cuestiones fundamentales de la vida social y de la realidad económica, a saber: el uso de los bienes materiales, el trabajo y la familia, cuestiones todas que, por estar mutuamente entrelazadas y unidas, se apoyan unas a otras» (Ibíd., p. 198s.).

43. Por lo que se refiere a la primera cuestión, nuestro predecesor enseña que el derecho de todo hombre a usar de los bienes materiales para su decoroso sustento tiene que ser estimado como superior a cualquier otro derecho de contenido económico y, por consiguiente, superior también al derecho de propiedad privada.


Es cierto, como advierte nuestro predecesor, que el derecho de propiedad privada sobre los bienes se basa en el propio derecho natural; pero, según el orden establecido por Dios, el derecho de propiedad privada no puede en modo alguno constituir un obstáculo «para que sea satisfecha la indestructible exigencia de que los bienes creados por Dios para provecho de todos los hombres lleguen con equidad a todos, de acuerdo con los principios de la justicia y de la caridad» (Ibíd., p. 199).

44. En orden al trabajo, Pío XII, reiterando un principio que se encuentra en la encíclica de León XIII, enseña que ha de ser considerado como un deber y un derecho de todos y cada uno de los hombres. En consecuencia, corresponde a ellos, en primer término, regular sus mutuas relaciones de trabajo: Sólo en el caso de que los interesados no quieran o no puedan cumplir esta función, «es deber del Estado intervenir en la división y distribución del trabajo, según la forma y medida que requiera el bien común, rectamente entendido» (cf Acta Apostolicae Sedis 33 (1941) p. 201).

45. Por lo que toca a la familia, el Sumo Pontífice afirma claramente que la propiedad privada de los bienes materiales contribuye en sumo grado a garantizar y fomentar la vida familiar, «ya que asegura oportunamente al padre la genuina libertad qué necesita para poder cumplir los deberes qué le ha impuesto Dios en lo relativo al bienestar físico, espiritual y religioso de la familia» (Ibíd., p. 202). De aquí nace precisamente el derecho de la familia a emigrar, punto sobre el cual nuestro predecesor advierte a los gobernantes, lo mismo a los de los países que permiten la emigración que a los que aceptan la inmigración, «que rechacen cuanto disminuya o menoscabe la mutua y sincera confianza entre sus naciones» (Ibíd., p. 203). Si unos y otros ponen en práctica esta política, se seguirán necesariamente grandes beneficios para todos, con el aumento de los bienes temporales y el progreso de la cultura humana.